Sanción para un entrenador. Señores, cuidado están jugando chicos

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Se reciben informe de los Sres. Árbitros E. Sentous y H. El Kadre, donde se informa lo ocurrido con el Sr. Dante CASTAGNO, como entrenador de A.A.Estudiantes, en el encuentro entre Central Argentino y A.A.Estudiantes, de la categoría U-13, de fecha 28 de Junio de 2016, donde fue descalificado del campo de juego, por protestas hacia la actuación de los árbitros.
Se solicita descargo al Sr. Dante CASTAGNO, lo que fue presentado en tiempo y forma, rectificándose y pidiendo disculpas de las formas de protestas contra los árbitros
Es jurisprudencia de este Tribunal, que los informes que elaboran los árbitros constituyen, semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y que solo mediante el aporte de testimonios directos en contrario puede desacreditarse ese valor.
El Honorable Tribunal Disciplinario, resuelve:
a) Aplicar al Sr. Dante CASTAGNO, entrenador de A.A.Estudiantes, la pena de UN PARTIDO DE SUSPENSION, según Art. 105ª inc. B) del Código de Penas y concordancia con el art. 38° inc. a) del Código de Penas.

b) EL cumplimiento de la sanción es en la categoría U-13, estando inhabilitado a dirigir y/o jugar, según art. 14° inc. a) punto 1 del Código de Penas.

Rio Cuarto, 30 de Junio de 2016.

Pablo Tosto
H.Tribunal Disciplinario A.R.B.

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